Artículo 48 octies estados financieros anuales, estados financieros consolidados...660/CEE y 83/349/CEE
Artículo 48 octies estados financieros anuales, estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, y modifica la Directiva 2006/43/CE y deroga Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE
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»Artículo 48 octies. Fecha de inicio de la presentación del informe relativo al impuesto sobre sociedades
Vigente
Los Estados miembros velarán por que las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de transposición de los artículos 48 bis a 48 septies se apliquen, a más tardar, desde la fecha de inicio del primer ejercicio a partir del 22 de junio de 2024.
Modificaciones
- Modificación realizada (48 octies (se añade)) por DIRECTIVA (UE) 2021/2101 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 24 de noviembre de 2021 por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información relativa al impuesto sobre sociedades por parte de determinadas empresas y sucursales
(DC de 01-12-2021) en vigor desde 21-12-2021 - Texto Original. Publicado el 29-06-2013 en vigor desde 21-12-2021