Articulo 48 Ordenación y ...-Derogada-

Articulo 48 Ordenación y uso del suelo -Derogada-

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Artículo 48. Ordenanzas municipales de edificación, urbanización y publicidad

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Los municipios podrán formular y aprobar ordenanzas de edificación, urbanización y publicidad sin que en ningún caso puedan regular aspectos materiales que esta ley reserve a los instrumentos de planeamiento urbanístico. Reglamentariamente se determinarán el objeto y el alcance de estas ordenanzas y el procedimiento para su aprobación.