Articulo 48 Presupuestos 2010 Junta

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Artículo 48. Tasas de la Comunidad Autónoma.

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Las tasas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que sean de cuantía fija por no estar fijadas en un porcentaje de la base o no estar ésta valorada en unidades monetarias, así como aquéllas afectas a los servicios transferidos, se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 de la cuantía que resultaba exigible en el año 2009, de conformidad con lo previsto en la Ley 3/1990, de 18 de mayo, de Tasas y Precios Públicos.