Articulo 48 Presupuestos 2015 Canarias
Artículo 48.- Planificación de recursos humanos.
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La planificación de los recursos humanos responderá, dentro de los límites relativos a los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública y de la regla de gasto, y con sometimiento al escenario presupuestario plurianual o documento equivalente, al cumplimiento de los siguientes objetivos de la política de empleo.
la atención de los sectores prioritarios, el correcto dimensionamiento del volumen de efectivos, la racionalización de cuerpos y escalas, la eficacia y eficiencia en la distribución territorial y la reducción de la temporalidad en el sector público.
Las necesidades de personal se atenderán, preferentemente, mediante el cambio de adscripción de puestos, la racionalización y distribución de efectivos, la atribución temporal de funciones y la movilidad funcional. Las atribuciones temporales de funciones al personal docente para la realización de tareas en servicios no educativos, así como al personal estatutario sanitario para la prestación de servicios no sanitarios, se sujetarán, durante el año 2015, al límite que establezca el Gobierno de Canarias.
