Articulo 48 Presupuestos 2015 Cataluña
Artículo 48. Fondo de cooperación local de Cataluña, Consejo General de Arán y consejos comarcales
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De acuerdo con lo dispuesto por la Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán, se establece un porcentaje de participación en los ingresos de la Generalidad a favor de Arán de un 1,86% de la partida presupuestaria GO 03 D/460.0002/711 del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales. El 98,14% restante de dicha aplicación presupuestaria se distribuye entre las comarcas, teniendo en cuenta que los datos de población son los referentes al padrón de habitantes del año 2013, de acuerdo con los siguientes criterios.
a) Atendiendo al número de habitantes de la comarca:
1º. En función de la población, agrupada por intervalos, 736.721,26 euros para las comarcas con población superior a 75.000 habitantes o una densidad de población superior a 100 habitantes/km² y 698.977,07 euros en los demás casos.
2º. En función de la población comarcal, 2.878.169,73 euros.
3º. En función de la población comarcal ponderada por la inversa de la renta comarcal, 2.878.169,73 euros.
b) Atendiendo al principio de solidaridad interterritorial, 1.554.995,42 euros distribuidos en proporción directa a la superficie de cada comarca y 693.620,41 euros distribuidos en función del número de municipios de cada comarca, y ponderando con el factor 2 los municipios que tienen hasta 500 habitantes, con el factor 1,5 los que tienen entre 501 y 2.000 habitantes y con el factor 1, el resto.
