Articulo 48 Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia
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»Artículo 48. Derecho a la cultura, tiempo libre, juego y deporte
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Los niños y adolescentes tienen derecho a participar plenamente en la vida cultural y artística de la comunidad, al descanso y esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas y deportivas propias de su edad, como elementos esenciales para su educación y desarrollo.
