Articulo 48 Reglamento de actuaciones arqueológicas
D. 107/2017, de 28 de julio, C.Valenciana, Reglamento de regulación de las actuaciones arqueológicas
Ver Indice
»Artículo 48. Disposición de materiales para labores de investigación
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El acceso a los materiales depositados queda reservado durante los dos años de plazo establecido para la presentación de la memoria científica a la dirección técnica de la actuación o las personas que dicha dirección técnica autorice expresamente.
2. Una vez transcurrido este plazo, los materiales depositados también estarán disponibles para otras personas investigadoras.
