Articulo 48 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
- Norma vigente hasta el 1 de enero de 2027. - DECRETO 91/2026, de 12 de junio, del Consell, de aprobación del Reglamento de festejos tradicionales de bous al carrer de la Comunitat Valenciana.
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»Artículo 48. Emplazamiento
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1. Las plazas de toros portátiles deberán emplazarse en lugares de fácil acceso. Sus fachadas recaerán a vías públicas o espacios abiertos aptos para la circulación rodada.
2. El suelo del terreno sobre el que pretenda instalarse la plaza de toros portátil deberá tener la suficiente resistencia al punzonamiento en relación con las cargas a soportar.
