Articulo 48 Reglamento ge...-Derogado-

Articulo 48 Reglamento general de aplicación de la Ley de caza -Derogado-

Ver Indice
»

Artículo 48. Responsabilidad en las cacerías.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



A los efectos de las infracciones administrativas que se cometan en relación con lo previsto en el presente Reglamento relativas a las cacerías, se atribuirá la responsabilidad de la siguiente forma:

1. Los titulares de los cotos, y los organizadores de las cacerías en su caso, serán responsables de cazar o permitir cazar en las modalidades no incluidas en el plan técnico aprobado para el acotado, o con incumplimiento de las condiciones de dicho plan.

Cuando los titulares actúen como organizadores asumirán, además, las responsabilidades de éstos.

En cualquier caso, los titulares estarán obligados a colaborar con la Administración en todo lo que se refiere a lo dispuesto en este artículo.

2. Los organizadores de cacerías serán responsables en general del cumplimiento de los requisitos y medidas concernientes a la preparación y desarrollo de aquéllas, especialmente de las medidas de seguridad, colocación y condiciones que deben reunir los puestos; impedirán, en terrenos del coto, tanto cazar en línea de retranca como en la faja que corresponda alrededor de la superficie ojeada o batida.

Se responsabilizarán, así mismo, de dar las debidas instrucciones a cuantas personas vayan a participar en la cacería, sean cazadores o auxiliares.

Serán los primeros obligados a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 46, letras n, o y p.

3. Los cazadores serán responsables de las contravenciones al presente Reglamento por sus actos individuales, incluido el incumplimiento de las instrucciones que para el buen desarrollo de la cacería les haya dado el organizador cuando participen en modalidades colectivas.

Así mismo, todo cazador estará obligado a indemnizar por los daños y perjuicios que ocasione con motivo del ejercicio de la caza, excepto cuando el hecho fuera debido a culpa o negligencia del perjudicado o por causas de fuerza mayor.