Articulo 48 Reglamento de...-Derogado-

Articulo 48 Reglamento del IRPF estatal -Derogado-

Ver Indice
»

Artículo 48. Reducción por cuidado de hijos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



(DEROGADO)

A efectos de lo previsto en el artículo 54 de la Ley del Impuesto, cuando tenga lugar la adopción de un menor que hubiera estado en régimen de acogimiento, o se produzca un cambio en la situación del acogimiento, la reducción por cuidado de hijos se practicará durante los períodos impositivos restantes hasta agotar el plazo máximo fijado en el citado artículo.