Articulo 48 Reglamento de...o Nacional

Articulo 48 Reglamento de la Ley 23/1982, de Patrimonio Nacional

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Artículo 48.

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Corresponde al Consejo de Administración del Patrimonio Nacional ejercer la administración de los Reales Patronatos a que se refiere el artículo 5.º del presente Reglamento.