Articulo 48 Residuos y suelos contaminados -Derogada-
- Norma derogada desde el 10 de abril de 2022. - Ley 7/2022 de 8 de Abr (Residuos y suelos contaminados para una economía circular)
Ver Indice
»Artículo 48. Graduación de las sanciones.
Derogado
Las administraciones públicas deberán guardar la debida adecuación entre la sanción y el hecho constitutivo de la infracción, considerándose especialmente su repercusión, su trascendencia por lo que respecta a la salud y seguridad de las personas y del medio ambiente o bienes protegidos por esta Ley, las circunstancias del responsable, su grado de intencionalidad, participación y beneficio obtenido, la reincidencia, por comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme, así como la irreversibilidad de los daños o deterioros producidos.

