Artículo 48 Simplificació... de Murcia

Artículo 48 Simplificación Administrativa de la Región de Murcia

Ver Indice
»

Artículo 48. Ámbito de aplicación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Este título tiene por objeto establecer un régimen sancionador aplicable al incumplimiento de las obligaciones impuestas por el título II de esta ley, relativas las entidades colaboradoras de certificación y al régimen de la declaración responsable o comunicación.

2. El régimen sancionador establecido en este título no se aplicará a las entidades colaboradoras de certificación, o a los que realicen declaraciones responsables o comunicaciones, que cuenten con un régimen sancionador específico de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.