Artículo 48 TTRR del Conv...strasburgo

Artículo 48 TTRR. del Convenio para la protección de los derechos y de las libertades fundamentales, Roma; del protocolo adicional al Convenio, París; y del protocolo número 6, Estrasburgo

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Artículo 48. Competencia consultiva del Tribunal.

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El Tribunal resolverá si la solicitud de opinión consultiva presentada por el Comité de Ministros es de su competencia, tal como la define el artículo 47.