logo

Acerca de operadores lógicos

910 606 406 Planes y precios
Chat GPT Iberley
Inicio
Jurisprudencia
Legislación
Resoluciones
Temas
Formularios
Prácticos
Convenios
Subvenciones
Noticias
Revista
Libros
LM
0
chevron_leftchevron_right
logo_white
0
Identificarse

Chat GPT Iberley

Menú
INICIO
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN
DOCTRINA TS
RESOLUCIONES
TEMAS
FORMULARIOS
PRÁCTICOS
CONVENIOS
SUBVENCIONES
NOTICIAS
REVISTA
LIBROS
LM
Inicio
Articulo 48 Turismo de Canarias

Articulo 48 Turismo de Canarias

Turismo de Canarias
Ver Indice
»

Artículo 48. Requisitos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



(DEROGADO)

Modificaciones
  • Artículo modificado (48 (se deroga)) por Ley 14/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenacion del Turismo de Canarias. (CN de 05-01-2010) en vigor desde 06-01-2010

Notas: Articulo 48 Turismo de Canarias

Este documento no tiene notas asociadas

Suscripción Premium

Herramientas de cálculo

Calendarios laborales

Jurisprudencia

Legislación

Resoluciones

Temas

LM

Formularios

Prácticos

Convenios

Subvenciones

Noticias

Marketing

Revista

Libros

Tablas salariales

Consultas jurídicas

Quiénes somos

Contacto

Aviso legal

Política de Privacidad

Condiciones generales

Revista Jurídica

info@iberley.es

910 606 406

Atención al cliente