Articulo 49 biodiversidad y patrimonio natural
Ver Indice
»Artículo 49. Coherencia y conectividad de la Red.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Con el fin de mejorar la coherencia ecológica y la conectividad de la Red, las Administraciones, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, fomentarán la conservación de corredores ecológicos y la gestión de aquellos elementos del paisaje y áreas terrestres que resulten esenciales o revistan primordial importancia para la migración, la distribución geográfica y el intercambio genético entre poblaciones de especies silvestres, teniendo en cuenta los impactos futuros del cambio climático, con especial atención a las zonas naturales de interés especial.
