Articulo 49 Carrera militar

Articulo 49 Carrera militar

Ver Indice
»

Artículo 49. Altos estudios de la defensa nacional.

Vigente

1. Son altos estudios de la defensa nacional los que se relacionan con la paz, la seguridad y la defensa y la política militar, orientados tanto a los profesionales de las Fuerzas Armadas como a otros ámbitos de las Administraciones Públicas y de la sociedad.

2. También tendrán ese carácter los cursos específicos militares que reglamentariamente se determinen.