Artículo 49. Decreto 36/2025, de 11 de febrero, Andalucía, acceso por turno libre, promoción interna, movilidad, otras formas de provisión del funcionariado de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento
Artículo 49. Escuelas locales de bomberos.
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Copiloto jurídico
1. Las entidades titulares de los servicios podrán crear escuelas locales de bomberos para la realización de los cursos de acceso, actualización, especialización o perfeccionamiento destinados al personal de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento dependiente de dicha entidad.
2. Las entidades titulares de los servicios remitirán al IESPA certificación del acuerdo de creación o, en su caso, de modificación, adjuntando una memoria en la que se recojan las características, infraestructuras y la dotación de recursos humanos y materiales de la Escuela. En el caso de modificación, la citada memoria se referirá a los cambios.
3. Al objeto de conocer las actividades formativas de las escuelas locales de bomberos, las personas responsables de las mismas remitirán al IESPA, antes del inicio de cada año, un calendario con las diferentes acciones programadas o, en su caso, el plan de formación con las fechas previstas de ejecución para el año siguiente.
4. Las escuelas locales de bomberos presentarán en el primer trimestre del ejercicio siguiente, a través de la entidad de la que dependan, al IESPA una memoria anual de las actividades formativas realizadas en el año anterior.
5. Las escuelas locales de bomberos podrán solicitar la homologación de los cursos que pretendan impartir, de acuerdo con lo regulado en el artículo 50. Los cursos de acceso a las distintas categorías requieren obligatoriamente homologación por parte del IESPA.
6. Mediante orden de la persona titular de la consejería competente en materia de protección civil y emergencias se regularán los requisitos materiales y funcionales que deben cumplir las escuelas locales de bomberos y que pretendan impartir formación a personal de otras entidades locales, así como el procedimiento para la impartición de dicha formación.
