Articulo 49 Mancomunidades
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»Artículo 49. Coordinación del ejercicio de las competencias de las mancomunidades de ámbito comarcal mediante planes sectoriales
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Modificaciones
- Artículo modificado (49 (se suprime)) por LEY 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
(GV de 31-05-2025) en vigor desde 01-06-2025
