Artículo 49 medidas 2025 fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
Artículo 49
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Se modifica la letra h del apartado 4 del artículo 38 de la Ley 5/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue:
«Artículo 38. Impulso a la gestión forestal sostenible y a la prevención de incendios forestales
[…]
4. La conselleria competente en la materia, atendiendo al valor multifuncional de los ecosistemas forestales, potenciará, apoyará e impulsará la gestión del territorio rural para incrementar su resistencia y resiliencia a los incendios forestales, integrando prevención, extinción y desarrollo rural, a través de las siguientes líneas de acción:
[…]
h) En la compra pública, mediante cláusulas adecuadas a la legislación básica estatal y siempre que exista vinculación con el objeto del contrato, se favorecerán las cadenas cortas de distribución, el comercio de proximidad y la producción nacional. Asimismo, se procurará favorecer el acceso a las licitaciones en igualdad de condiciones de pequeños productores de productos forestales».
