Articulo 49 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente
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»Artículo 49. Modificación de la tasa por la ocupación de terrenos forestales propiedad de la Generalidad y la ocupación de los caminos ganaderos clasificados
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Se modifica la letra b del apartado 3 del artículo 12.7-5 de la Ley de tasas y precios públicos, que queda redactada del siguiente modo:
«b) Parques eólicos: 0,80 euros/m2/año.»
