Articulo 49 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2001 de la Generalitat
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»Artículo 49.
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Se da nueva redacción al artículo 1, de la Ley 9/1997, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Creación del Instituto Cartográfico Valenciano, que queda redactado como sigue:
Artículo 1.
Se crea el Instituto Cartográfico Valenciano como organismo autónomo de carácter mercantil, adscrito a la Consellería de Justicia y Administraciones Públicas, con el objetivo de impulsar, coordinar y, en su caso, fomentar las tareas de desarrollo cartográfico, fotogramétrico, geodésico, topográfico y de cualquier otra tecnología geográfica en el ámbito de las competencias de la Generalitat.
