Articulo 49 Mossos d´Esquadra
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»Artículo 49.
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Los derechos sindicales del Cuerpo de Mozos de Escuadra están regulados por la presente Ley y demás legislación vigente.
Modificaciones
- Artículo modificado (49) por LEY 26/2002, de 28 de noviembre, de modificacion de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policia de la Generalidad-mozos de escuadra, en relacion con la afiliacion sindical de los miembros del cuerpo de mozos de escuadra.
(GC de 05-12-2002) en vigor desde 06-12-2002
