Articulo 49 normas para l...en el RGSS

Articulo 49 normas para la aplicación y desarrollo de las prestaciones por invalidez en el RGSS

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Artículo 49. Derecho a la permanencia en la Empresa.

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La percepción de las indemnizaciones previstas en este capítulo se entenderá sin perjuicio del derecho del trabajador a continuar al servicio de la Empresa.