Articulo 49 Patrimonio de I. Balears
Ver Indice
»Artículo 49. Requisitos para gravar bienes o derechos patrimoniales.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
No se pueden gravar los bienes o derechos patrimoniales de la comunidad autónoma sino con los requisitos exigidos para su enajenación.

