Articulo 49 Presupuestos 2004 Canarias
Artículo 49. Autorización para la asunción de las deudas de las universidades canarias.
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1. Se autoriza al Gobierno para acordar en nombre de la Comunidad Autónoma de Canarias y con efecto 1 de enero de 2004, la asunción de la deuda de las universidades canarias a que se refiere la disposición adicional decimoséptima de la Ley 3/1993, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1994.
2. Se autoriza al Gobierno para acordar la asunción de la deuda de las universidades canarias a que se refiere el apartado 2 de la disposición adicional tercera de la Ley 13/2002, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2003.
3. La formalización de la asunción de la deuda de las universidades canarias corresponderá al consejero de Economía y Hacienda.
