Articulo 49 Presupuestos 2017 Murcia
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»Artículo 49. Criterios de reparto de fondos.
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1. Para el reparto de fondos asignados a los distintos planes de cooperación local, se tendrán en cuenta criterios de número de habitantes, dispersión territorial y déficit de infraestructuras y equipamientos, con el objetivo de corregir desequilibrios intraterritoriales.
2. Para el reparto de fondos de los Planes Operativos Locales y Planes de Obras y Servicios se tendrán en cuenta, al igual que para el Fondo de Nivelación Municipal, criterios de número de habitantes, renta por habitante, dispersión territorial y déficit de infraestructuras y equipamientos, con el objetivo de corregir los desequilibrios intraterritoriales.
