Articulo 49 Presupuestos 2024 Canarias

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Artículo 49. Relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales, fiscales, institutos de medicina legal y unidades administrativas de la organización de la Administración de Justicia en Canarias.

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1. El procedimiento para la elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales, fiscales y unidades administrativas, de la organización de la Administración de Justicia en Canarias, será el establecido por la normativa básica estatal en la materia, sin que resulte de aplicación lo dispuesto en la legislación de función pública canaria.

2. La competencia para la elaboración y aprobación inicial de las relaciones de puestos de trabajo, de las oficinas judiciales, fiscales e institutos de medicina legal de Canarias, corresponderá a la persona titular de la consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de personal al servicio de la Administración de Justicia.

3. La competencia para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo, correspondientes a las unidades administrativas de la organización de la Administración de Justicia en Canarias, así como para la creación de dichas unidades, corresponderá a la persona titular del departamento competente en materia de justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias.