Articulo 49 Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales
Articulo 49 Prevención y ...Forestales

Articulo 49 Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 49. Elaboración y aprobación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El Plan INFOEX será elaborado por la Consejería competente en materia de incendios forestales, que propondrá su aprobación al Consejo de Gobierno, sin perjuicio de su tramitación con arreglo a la normativa de protección civil, previa audiencia de las Corporaciones Locales y los agentes sociales más representativos.

2. El Consejero competente en materia de incendios, mediante Orden, aprobará la actualización del Catálogo de Medios del Plan INFOEX, y el establecimiento de las fechas de las diferentes Épocas de Peligro.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-06-2004 en vigor desde 30-06-2004