Articulo 49 Reglamento de...ia estatal

Articulo 49 Reglamento de fundaciones de competencia estatal

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Artículo 49. Naturaleza y estructura.

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1. El Consejo Superior de Fundaciones es un órgano colegiado de carácter consultivo, adscrito al Ministerio competente en materia de política territorial, e integrado por personas representantes de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas y de las fundaciones.

2. El Consejo Superior de Fundaciones funcionará en Pleno, en Comisión Permanente y mediante la Comisión de Cooperación e Información Registral.