Articulo 49 Reglamento de mediación

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Artículo 49. Código de conducta

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La persona titular de la conselleria competente en materia de mediación, a propuesta del Consejo Asesor de Mediación de la Comunitat Valenciana, aprobará un código de conducta de adhesión voluntaria que recoja las buenas prácticas aplicables a las actuaciones profesionales de mediación que se lleven a cabo por las personas y entidades mediadoras en el ámbito de la Ley 24/2018.