Articulo 49 Reglamento de Organizacion y Funcionamiento de la Inspeccion de Trabajo y Seguridad Social
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»Artículo 49. Carácter de servicios no integrados en la Delegación del Gobierno.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado (49 (se deroga)) por Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, por el que se aprueban los estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
(BOE de 07-04-2018) en vigor desde 08-04-2018
