Articulo 49 Reglamento de vivienda de protección pública y régimen jurídico de p... de vivienda y suelo
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Articulo 49 Reglamento de vivienda de protección pública y régimen jurídico de patrimonio público de vivienda y suelo

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Artículo 49. Adjudicación

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El régimen de cesión y adjudicación de las viviendas del patrimonio público de vivienda de la Generalitat se ajustará a lo previsto con carácter general en el capítulo III del Decreto 106/2021 del Consell, o norma que lo sustituya.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-05-2023 en vigor desde 16-06-2023