Artículo 49 se regulan lo...xtremadura

Artículo 49 se regulan los campamentos de turismo o campings, las zonas de acampada de titularidad pública, las áreas de autocaravanas y los establecimientos singulares en la Comunidad Autónoma de Extremadura

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Artículo 49. Recepción.

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1. La recepción estará situada próxima a la entrada. Constituirá el centro de relación y atención con las personas usuarias a efectos administrativos, asistenciales y de información, a cuyo efecto deberá figurar en ella la información y documentación previstas en este decreto.

2. La recepción deberá estar atendida permanentemente por personal del establecimiento y cuando no cuente con un servicio de recepción de veinticuatro horas, deberá existir una persona responsable que estará fácilmente localizable de manera permanente.

3. En el interior de la recepción del campamento o en la entrada del mismo, en lugar destacado y de fácil localización y lectura, se mostrarán los siguientes datos informativos:

a) Nombre y categoría del establecimiento.

b) Indicación de la existencia de hojas de reclamaciones a disposición de las personas usuarias.

c) Reglamento de régimen interior.

d) Periodo de funcionamiento, en su caso.

e) Tablas de precios de las distintas modalidades de alojamiento y de los demás servicios que se presten.

f) Cuadro de horarios de utilización de los distintos servicios y de las horas de descanso y silencio, en los términos en que se haya establecido en el Reglamento de régimen interior. Este dato figurará además en cada una de las entradas de los edificios en que se ubiquen los referidos servicios.

g) Un plano general de situación de las salidas de emergencia y vías de evacuación, así como el de señalización de los sistemas de protección de incendios existentes. Asimismo, se indicarán en el plano las parcelas numeradas, los servicios generales, los viales y situación de las salas de curas y botiquín.

h) Carteles informativos con los teléfonos de Protección Civil, Policía Local, Centros Sanitarios y farmacéuticos más cercanos, Guardia Civil, así como del teléfono de emergencias 112 u otros similares de interés público, redactados, como mínimo, en castellano e inglés.

4. Junto con la hoja de admisión, se facilitará a las personas usuarias un plano general reducido con las mismas indicaciones señaladas en el apartado g) del punto 3º.