Articulo 49 Servicio postal universal, derechos de ususarios y mercado postal
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»Artículo 49. Conflicto entre operadores no designados para la prestación del servicio postal universal.
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Los operadores postales podrán someter al arbitraje de la Comisión Nacional del Sector Postal los conflictos que se susciten entre ellos, con sujeción a las normas de procedimiento previstas en el Reglamento de desarrollo general de la Ley 23/2007, de 8 de octubre, de creación de la Comisión Nacional del Sector Postal.
