Articulo 49 Servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos
Ver Indice
»Artículo 49.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los Alcaldes de los municipios afectados serán informados del despliegue del Cuerpo de Bomberos de la Generalidad y de las actuaciones que éste realice dentro del respectivo término municipal.
