Articulo 49 TR Ley de Prevención Ambiental
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Articulo 49 TR. Ley de Prevención Ambiental

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Artículo 49. Proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental.

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1. Se someterán a evaluación de impacto ambiental ordinaria los proyectos, públicos y privados, consistentes en la realización de obras, instalaciones o cualquier otra actividad para los que así se establezca en la legislación básica en materia de evaluación de impacto ambiental.

Asimismo, se someterá a evaluación de impacto ambiental ordinaria cualquier modificación de un proyecto a los que se refiere el párrafo anterior y el apartado 2, cuando dicha modificación cumple, por sí sola, los umbrales establecidos para los proyectos mencionados en el párrafo anterior.

2. Se someterán a evaluación de impacto ambiental simplificada, además de los proyectos, públicos y privados, consistentes en la realización de obras, instalaciones o cualquier otra actividad para los que así se establezca en la legislación básica en materia de evaluación de impacto ambiental, los comprendidos en el Anexo I.

Asimismo, se someterá a evaluación de impacto ambiental simplificada cualquier modificación de los proyectos a los que se refiere el apartado 1 y el párrafo anterior ya autorizados, ejecutados o en proceso de ejecución, distinta de las recogidas en el apartado 1, que pueda tener efectos adversos significativos sobre el medio ambiente. Se entenderá que una modificación puede tener efectos adversos significativos sobre el medio ambiente cuando tomando como referencia los datos contenidos en el documento ambiental del proyecto o, en su caso, en el estudio de impacto ambiental del proyecto en cuestión, la modificación suponga:

a) Un incremento superior al 50% de las emisiones a la atmósfera,

b) Un incremento superior al 50% de los vertidos a los cauces públicos,

c) Un incremento superior al 50% de la generación de residuos,

d) Un incremento superior al 50% de la utilización de recursos naturales,

e) Una afección a Espacios Protegidos Red Natura 2000,

f) Una afección significativa al patrimonio cultural.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-11-2015 en vigor desde 14-11-2015