Articulo 49 TR. de la ley de proteccion de los animales
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»Artículo 49. Responsables de las infracciones
Vigente
49.1 Es responsable por infracciones de esta Ley cualquier persona física o jurídica que por acción o por omisión infrinja los preceptos contenidos en esta Ley y su normativa de desarrollo.
49.2 Si no es posible determinar el grado de participación de las diferentes personas físicas o jurídicas que han intervenido en la comisión de la infracción, la responsabilidad es solidaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-04-2008 en vigor desde 18-04-2008