Artículo 49 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Ver Indice
»Artículo 49.- Elementos cuantitativos de la tasa.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1.- La base imponible de esta tasa está constituida por el importe del precio del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido y de esta tasa, que se acredita según certificaciones. En su caso, formarán parte de la base imponible los importes adicionales que correspondan a revisiones de precios y liquidación de obra.
2.- El tipo de gravamen será del 4 %.
