Articulo 49 Vivienda de I Balears

Articulo 49 Vivienda de I. Balears

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Artículo 49. Definición

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La Mesa Autonómica de la Vivienda es el órgano colegiado de colaboración entre las diferentes administraciones públicas y de participación de las asociaciones y los agentes sociales implicados en el sector de la vivienda.