Articulo 5 Adecuación a la Ley de Procedimiento de leyes en materia de régimen local, juego, espectáculos, actividades recreativas; y régimen de recursos
Ver Indice
»Artículo 5. Plan único de obras y servicios de cataluña.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se modifica el artículo 4 de la Ley 23/1987, de 23 de diciembre, por la que se establecen los criterios de financiación del plan único de obras y servicios de cataluña y las bases para la selección, distribución y financiación de las obras y servicios a incluir en el mismo, añadiendo el siguiente apartado.
9. Las peticiones para concurrir a la convocatoria del plan se tramitarán y resolverán en los plazos que establezca la normativa específica. La no-resolución expresa dentro de estos plazos tendrá efectos desestimatorios.
