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Artículo 5. Incentivo a municipios emprendedores extremeños.

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El distintivo «municipio emprendedor extremeño» se considera como criterio de valoración en los procesos de concurrencia competitiva de la Junta de Extremadura relacionados con la finalidad del distintivo en los que participen los ayuntamientos.

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  • Texto Original. Publicado el 09-04-2019 en vigor desde 09-05-2019