Articulo 5 Admisión en lo...chillerato

Articulo 5 Admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato

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Artículo 5. Programación

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La conselleria competente en materia educativa planificará la oferta de puestos escolares sostenidos con fondos públicos, garantizando que existen suficientes puestos para atender las necesidades previstas; distribuirá la oferta por áreas de influencia y resolverá la adscripción de los centros docentes.

Estas actuaciones se efectuarán teniendo en cuenta las consignaciones presupuestarias existentes y atendiendo a los principios de eficiencia y economía en el uso de los recursos públicos.