Articulo 5 el que se apru... de Empleo

Articulo 5 el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo

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Artículo 5. Atribuciones.

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Corresponden al Consejo de Gobierno las siguientes atribuciones:

  1. Aprobar las acciones, planes o programas que definan las políticas activas de empleo.

  2. Elaborar y aprobar el proyecto de presupuestos del organismo para cada ejercicio y proponerlo al Gobierno de Navarra para su aprobación.

  3. Controlar, supervisar y evaluar la gestión del Servicio Navarro de Empleo y su Dirección.

  4. Informar favorablemente el nombramiento y cese del Director Gerente.

  5. Proponer al Presidente la modificación de los estatutos del Servicio Navarro de Empleo, a efectos de su aprobación por el Gobierno de Navarra.

  6. Delegar en el Presidente la toma de decisiones en cuestiones de trámite o de urgencia.

  7. El conocimiento y, en su caso, aprobación de aquellos asuntos que, estando atribuidos a la Comisión Permanente, estime necesario conocer o aprobar.

  8. Administrar el patrimonio adscrito al Servicio Navarro de Empleo.