Artículo 5 se aprueban lo... de Madrid

Artículo 5 se aprueban los programas funcionales, estándares y condiciones técnicas de las instalaciones de las bibliotecas integrantes de la Red de Servicios Públicos de Lectura de la Comunidad de Madrid

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Artículo 5. Condiciones técnicas generales y estándares cualitativos en la aplicación de los programas funcionales del anexo segundo

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1. Las condiciones técnicas en la aplicación de los programas funcionales del anexo segundo propiciarán la adaptabilidad futura a las necesidades de los servicios bajo los estándares cualitativos de variedad de espacios y confortabilidad en la iluminación, climatización, acústica, mobiliario, estética, organización y amplitud. Dichas condiciones propiciarán la funcionalidad, eficiencia en su mantenimiento, sostenibilidad medioambiental y calidad constructiva.

2. Se impulsará el uso integral de la tecnología en la gestión de las colecciones, procesos bibliotecarios, en los servicios y el mantenimiento de los equipamientos. Se fomentará la implantación de las tecnologías que se desarrollen en el futuro, entre otros, en dispositivos de climatización, radiofrecuencia, control de aforo y circulación y en los servicios en general. La tecnología presente en las colecciones, puestos informáticos, espacios de creación o de alfabetización digital, se utilizará a través de las redes de comunicación inalámbricas, de uso interno y de uso público. Se asegurará el mantenimiento de estos elementos, su actualización y correcto funcionamiento. Se observará lo dispuesto en la normativa vigente en materias de confidencialidad, ciberseguridad y protección de datos. Con este objetivo, los proyectos estudiarán la disposición de espacios, software y medidas de seguridad y mobiliario adecuados.

3. El conjunto del mobiliario debe ser específico para este tipo de equipamientos, de calidad, con diseño y materiales que garanticen la seguridad, accesibilidad y adecuado mantenimiento de sus elementos. Se garantizará la distribución funcional en espacios flexibles y diáfanos a través de mobiliario versátil, de estética y dimensiones normalizadas y adecuadas a cada zona, que permita crear zonas acogedoras y áreas para cada perfil de usuario.

4. El planeamiento de mobiliario formará parte del proyecto, ya que establece la capacidad de almacenamiento y ocupación, circulación, seguridad y confortabilidad. La disposición del mismo, evitando la rigidez, monotonía y excesiva dotación, se utilizará para disponer las distintas áreas a partir de las características específicas de las mismas. Los elementos deben ser normalizados.

5. La aplicación del programa perseguirá la mayor eficiencia en el mantenimiento y la gestión de la biblioteca, en los elementos individuales, en la prestación del servicio, recursos humanos y atención. Se tendrá en cuenta la ubicación de los servicios contemplados y se procurará la circulación horizontal, así como la flexibilidad que permita la reorientación de espacios en relación con la evolución de la población o del propio concepto de biblioteca. La consecución de estas condiciones técnicas hará posible el cumplimiento de los estándares cuantitativos y cualitativos de los programas funcionales de forma adecuada.