Articulo 5 áreas empresariales de Galicia
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Artículo 5. Censo de suelo empresarial de Galicia

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Tiempo de lectura: 2 min

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1. El Censo de suelo empresarial de Galicia es un registro público de naturaleza administrativa dependiente de la consejería competente en materia de suelo empresarial y gestionado por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, que tiene por objeto conocer el suelo realmente disponible y el grado de ocupación de las áreas empresariales existentes en Galicia, con la finalidad de servir de instrumento de evaluación, planificación y actualización de las necesidades de suelo empresarial en la comunidad autónoma.

2. Las personas promotoras de áreas empresariales deberán inscribir obligatoriamente en el Censo de suelo empresarial de Galicia todas las áreas empresariales promovidas por ellas que tengan parcelas disponibles para su comercialización, así como las áreas previstas para su inmediato desarrollo.

A estos efectos, se entiende por persona promotora cualquier persona física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, el desarrollo y las obras de urbanización de un área empresarial, para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a otros sujetos bajo cualquier título.

3. El acceso al Censo de suelo empresarial de Galicia es público y se realizará a través de los portales de internet del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo y de la sociedad Gestión del Suelo de Galicia-Gestur, S.A. Toda la información de este registro será accesible de forma libre y gratuita.

4. Reglamentariamente se establecerán la estructura, el funcionamiento, la documentación necesaria y los plazos para la inscripción en el Censo de suelo empresarial de Galicia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-10-2022 en vigor desde 10-11-2022