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Articulo 5 Autorización y...peligrosos

Articulo 5 Autorización y registro para la actividad de gestión para las operaciones de valorización o eliminación de residuos no peligrosos

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Artículo 5. Tramitación de las autorizaciones.

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1. La solicitudes de autorización se dirigirán a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental, quien resolverá en el plazo de seis meses desde la recepción de la solicitud y proyecto completo. Se tramitará una autorización por cada centro de trabajo que se ubique en territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Para las actividades de valorización de residuos que se utilicen directamente en su propio proceso industrial como materia prima o como sustitutivo de productos comerciales, sin necesidad de someterlos a tratamientos previos que alteren sus características físicas, químicas o biológicas, la solicitud de autorización se acompañará de una memoria suscrita por técnico competente, en la que se describa detalladamente tipos, cantidades y origen de los residuos, el proceso de valorización, su incidencia medioambiental y las medidas correctoras previstas, relación de maquinaria, equipamiento y personal, se incluirá además plano de situación de los equipos. En todos los demás casos de valorización o eliminación, la solicitud se acompañará de un proyecto visado, suscrito por técnico competente, con el contenido que se especifica en el apartado siguiente.

3. El proyecto se compondrá como mínimo de dos documentos: proyecto técnico y proyecto de explotación.

  1. El proyecto técnico contendrá:

    1. Memoria en la que se describa la incidencia ambiental de la instalación (en el aire, en las aguas, en los suelos, con los residuos, en el entorno natural y social etc.) y las medidas correctoras previstas. Justificación técnica y económica de las soluciones adoptadas en las distintas instalaciones y procesos, relativa a la tecnología aplicada como mejor tecnología disponible y técnicamente viable. En los casos de eliminación de residuos se incluirá un estudio geológico e hidrogeológico de la zona, y se justificará la no posibilidad del reciclado o valorización de los residuos a gestionar. Se incluirá la normativa aplicable y las medidas adoptadas para su cumplimiento.

    2. Proyecto de obra civil.

    3. Proyecto de instalaciones auxiliares.

    4. Presupuesto.

    5. Planos: Además de los planos de obra e instalaciones se incluirá el plano de situación, plano del conjunto (plantas, alzados y secciones), diagrama de flujo de materia y energía, distribución en planta de las instalaciones y equipos, así como cualquier referencia necesaria para la completa definición y conocimiento de la instalación.

  2. El proyecto de explotación se compondrá de:

    1. Proceso: descripción de los procedimientos de valorización o eliminación; relación de maquinaria, equipos o instalaciones empleadas; justificación de la forma de llevar a cabo la explotación.

    2. Personal: relación de personal técnico, administrativo y operarios. Como responsable de la instalación figurará un técnico competente; al frente del laboratorio, si lo hubiere, estará un titulado superior especializado; el resto del personal tendrá titulación y experiencia acordes con las funciones a realizar. Se incluirá un Programa de desarrollo y formación profesional y técnica del personal.

    3. Mantenimiento de las instalaciones: programa de mantenimiento previsto (predictivo, preventivo y correctivo), procedimientos de actuación en caso de avería.

    4. Laboratorio y control de calidad (en caso de que se considere necesario): lista de equipos de laboratorio; descripción de los análisis y ensayos previstos, detección y control de la posible contaminación.

    5. Seguridad: relación de medios humanos y técnicos previstos; prevención, formación y procedimiento de actuación en caso de accidente que pudiera afectar al medio ambiente. Se incluirá un certificado firmado por el autor del proyecto de que las instalaciones cumplen con la normativa vigente en seguridad que les sea de aplicación.

    6. Manual de explotación: comprenderá un avance del manual de explotación de la instalación que incluya los residuos a gestionar, procedimientos de aceptación o rechazo de residuos, los análisis a realizar con los mismos, la gestión de los residuos; se indicarán las operaciones rutinarias y previsión de actuación en circunstancias especiales, inspecciones y controles (Programa de control y vigilancia).

    7. Estudio Económico de viabilidad de la explotación, que comprenda todos los gastos de gestión de los residuos, incluidos los costes de clausura, cierre de las instalaciones y restauración, en su caso, del terreno afectado.

    8. Plan de restauración y Programa de vigilancia después del cierre: descripción del programa que se prevea para el cierre de las instalaciones y restauración del terreno que se haya afectado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2000 en vigor desde 18-03-2000