Articulo 5 se autorizan l... domicilio

Articulo 5 se autorizan las encomiendas de gestión de la CA Aragón a las Entidades Locales que se adhieran mediante la formalización del correspondiente convenio para la atención de personas en situación de dependencia en el servicio de ayuda a domicilio

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Autorizar el gasto plurianual de la encomienda de gestión a las entidades locales, cuyo importe global estimado asciende a 16.969.075,20 euros, según la siguiente distribución plurianual:

Anualidad

Importe

2014

4.688.006,40.-€

2015

6.140.534,40.-€

2016

6.140.534,40.-€

La Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2014, contempla en las transferencias a entidades locales, en la Sección 53 del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, la línea de subvención de Ayuda a domicilio para personas dependientes por importe suficiente para atender el importe presupuestado correspondiente a dicha anualidad.

El crédito previsto en 2014 se dividirá en doce mensualidades, de manera que los importes a financiar a cada entidad local habrán de ajustarse a la fecha de la firma de cada convenio y hasta el treinta y uno de diciembre de dicho ejercicio.

Anualmente se procederá a regularizar el presupuesto de cada convenio para el ejercicio siguiente mediante la firma de una Adenda, en función de la justificación del coste del servicio y del precio hora a financiar por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales a las entidades locales para la atención a personas en situación de dependencia en el servicio de ayuda a domicilio que será fijado mediante orden del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia.

La liquidación final de la actuación encomendada en cada período plurianual se realizará por el importe efectivo realmente satisfecho por cada órgano encomendado, para lo cual se faculta a la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales para su aprobación.