Articulo 5 Bono Alquiler ...a vivienda

Articulo 5 Bono Alquiler Joven y Plan 2022-2025 para el acceso a la vivienda

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Artículo 5. Financiación del Bono Alquiler Joven.

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1. La financiación del Bono Alquiler Joven se realizará con las dotaciones que se consignen en los Presupuestos Generales del Estado de cada año en la partida 17.09.261N.754 «Bono Alquiler Joven» o en la que la sustituya.

2. Los recursos para subvenciones del Bono Alquiler Joven se distribuirán entre las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla conforme a lo que se acuerde en la correspondiente Conferencia Sectorial, a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y convocada al efecto por su titular.

3. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana transferirá a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta o Melilla el importe de las subvenciones siempre que se hubiere aprobado definitivamente la distribución territorial de los créditos y se hubiere formalizado el correspondiente compromiso financiero del Ministerio mediante las resoluciones referidas en el apartado 1 del artículo 4.

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