Articulo 5 comision Conve...ntralizada

Articulo 5 comision Convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la FAMCP, para la promoción de la adhesión de las EE.LL. al sistema de contratación centralizada

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Quinta.- Comisión de seguimiento.

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1. Se creará un órgano mixto de vigilancia y control de la ejecución y aplicación de este convenio, y de resolución de controversias administrativas. Esta comisión estará integrada por dos representantes del Gobierno de Aragón y dos de la Federación Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias. Actuará como secretario de la comisión uno de los representantes del Gobierno de Aragón. Asimismo, podrán asistir a las sesiones de esta comisión, si las partes lo consideran conveniente, otras personas que coadyuven a los fines del presente convenio marco.

2. Se designa, como representantes del Gobierno de Aragón, al director o directora general competente en materia de contratación y al jefe o jefa del servicio responsable en materia de contratación centralizada.

3. Se designa, como representantes de la FAMCP, al Secretario General de la FAMCP y un técnico jurídico de la misma.

4. En el seno de esta comisión, se concretarán las actuaciones a desarrollar en cumplimiento de los compromisos a los que se hace referencia en las cláusulas segunda y tercera, concretándose las mismas en los tres primeros meses de vigencia del presente convenio.

5. La comisión se reunirá a petición de cualquiera de las partes.